Diferencia entre un arquitecto y un aparejador
Tanto los arquitectos como los aparejadores, son profesionales que se dedican a la construcción y son los encargados de que esta se realice de acuerdo a la normativa vigente. Si alguna vez has ido a un estudio de arquitectura, seguro que te has encontrado con alguno de estos técnicos. Pero ¿en qué se diferencian sus atribuciones? ¿Hay que contratar a los 2 necesariamente para una obra?
¿Qué diferencia hay entre un aparejador y un arquitecto?
¿Aparejador o arquitecto? Es una pregunta muy común y que el que es extraño al oficio de la construcción muchas veces se hace. Para empezar, debemos decir que hoy en día ya no se llaman aparejadores. A partir de 1964, se produjo un cambio y pasaron de ser aparejadores a arquitectos técnicos y a partir de Bolonia, los nuevos titulados son ingenieros en edificación.
Cabe destacar que la principal diferencia entre las dos titulaciones es que Arquitectura siempre ha sido considerada una carrera superior (5 años más el proyecto fin de carrera) y Aparejadores se consideraba una carrera técnica (3 años más proyecto fin de carrera).
En segundo lugar, las diferencias fundamentales son las competencias que les atribuye la Ley. Por ejemplo, un arquitecto puede firmar el proyecto de un edificio, mientras que un aparejador no puede. Sin embargo, tienen muchas atribuciones, en cuanto a la ley les confiere, que sí pueden realizar ambos.
Si te preguntas: «¿Necesito un aparejador para hacerme una casa?» La respuesta es sí, pero también necesitarás un arquitecto para construir una casa. Para que sea entendible, el arquitecto es el profesional que coordina, diseña y calcula cualquier proyecto de edificación, mientras que el aparejador es el encargado de la dirección de la obra, respetando el proyecto del arquitecto y certificando que todo se realiza según la normativa vigente. Por eso, ambas figuras son necesarias en cualquier estudio de arquitectura.
¿Qué funciones tiene un arquitecto?
Tanto los arquitectos en Vitoria como los de cualquier provincia del resto de España, la Ley les otorga las mismas funciones y competencias. Sus funciones principales son las de coordinar todos los aspectos necesarios para la realización de un proyecto de edificación, supervisarlo a medida que se va realizando y la de verificar que todo se ha realizado de forma correcta. Sus trabajos se centran en:
- Diseño, realización y firma de todo el proyecto.
- Informar de los permisos y licencias necesarias, tanto en obra nueva como en reformas.
- Realizar una dirección facultativa de las obras.
- Definir las calidades de todos los materiales que intervienen en la obra.
- Negociar con la Administración, contratistas y demás profesionales intervinientes en el proyecto y en la obra.
- Coordinarse con el aparejador para un buen funcionamiento de la obra.
¿Qué funciones tiene un aparejador?
Su función principal es la de encargarse que una obra se realice tal y como la determina su proyecto de construcción. Pero además, también tiene otras atribuciones como:
- Resolver los posibles problemas surgidos durante la fase de construcción.
- Controlar que los materiales y el presupuesto se van ejecutando de acuerdo al proyecto existente.
- Asesoramiento técnico a promotores, constructores y propietarios.
- Realizar un control de calidad y una coordinación en todos los agentes que intervienen en la construcción.
- Redactar un proyecto de seguridad.
- Realizan inspecciones técnicas de edificios.
- Expiden diferentes certificados como los de antigüedad del inmueble o licencias de obras menores en reformas.
- Realizar todo tipo de valoraciones y tasaciones inmobiliarias.
- Hacer certificados energéticos.
¿Es necesario contratar un arquitecto y un aparejador?
Es la LOE (Ley de Ordenación de la Edificación) quien dispone muy claramente cuándo deben de contratarse ambos profesionales.
Sintetizamos todo lo anteriormente dicho para que quede claro lo siguiente: Un arquitecto es el responsable del proyecto y de su dirección de obra, mientras que un aparejador interviene en la dirección de ejecución.
De acuerdo a ello, debemos establecer dos supuestos.
Obra nueva
En toda obra nueva cuyos usos principales sean el residencial, administrativo, religioso, sanitario, docente y cultural, será necesaria la intervención de un arquitecto y de un aparejador.
Y en toda obra nueva, cuyo director de obra sea un arquitecto, y su uso principal sea aeronáutico, energético, agropecuario, minero, hidráulico, naval o saneamiento e higiene, también es necesaria la intervención de un aparejador.
Rehabilitaciones y reformas
Es muy habitual preguntarse: «¿Necesito un aparejador para reformar mi vivienda?» Y la respuesta es sí, siempre y cuando la reforma implique la petición de una licencia, ya sea de obra mayor o menor. La diferencia estriba en que si para reformar tu vivienda no es necesaria la alteración de sus elementos constructivos (obras menores), con un aparejador bastará.
Sin embargo, en toda rehabilitación u obra de reforma que necesite una modificación en su configuración arquitectónica (obras mayores), sí será necesaria la intervención de ambos profesionales.
Por último, hay casos en los que solo es necesaria la contratación de un aparejador, como expedición de licencias, certificados energéticos, tasaciones inmobiliarias, etc. De cualquier forma, nada mejor que ponerte en contacto con un estudio de arquitectura para que te haga todas las aclaraciones pertinentes para responder a la pregunta ¿aparejador o arquitecto?